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Trabajadores somos todes. Una mirada desde la fonoaudiología con perspectiva de género

Andrea Carolina Fagoga
fagoagacarolina@gmail.com

Es bien sabido el esfuerzo que implica en la actualidad poder acceder dignamente a los alimentos básicos, a la vivienda segura, a una esencial cobertura de salud y a los bienes culturales. Es el trabajo el que nos permite desarrollar nuestras realidades con relación a estos aspectos, por ello es transmitido de generación en generación como un valor fuertemente humanizado. Sin embargo existen claros y variados indicadores que las mujeres y otras personas con identidades femeninas somos tratadas en este aspecto, de diferente modo por el solo hecho de pertenecer a este género.

De los roles de género que nos son asignados desde temprana edad, las mujeres generalmente realizamos tareas de cuidado, colaborando con los gastos de las familias, apoyando a las economías y hasta llegando a suplir carencias en materia de servicios sociales; esa puesta en juego de los tiempos, energías y emociones, generalmente para un bien común, pocas veces es reconocido como “trabajo” sino más bien es valorado escasamente considerándose “tareas que deber hacerse por naturaleza”. Este es el llamado trabajo no remunerado que debemos realizar en el seno de las familias, para sostener un orden y organización determinadas, tareas que han sido heredadas de este modo por convención social.

Cuando están dadas la oportunidad y el deseo de trabajar fuera del hogar, para “no descuidar” las tareas que se asumen familiarmente, no resulta excepcional que, en esas posibilidades de trabajo remunerado, suelen ser aceptadas condiciones que resultan desfavorecedoras con relación a justos derechos laborales o alejadas de lo que se intenta regular colegiadamente. Se naturalizan así desigualdades que están construidas social e históricamente, avanzando sobre el ejercicio igualitario de las obligaciones y libertades laborales por diferencias de género.

Las posibilidades de inserción laboral de les profesionales de la fonoaudiología se fueron ampliando significativamente en los últimos años, evidenciándose un incremento notable de la demanda de atención fonoaudiológica luego de la pandemia, con relación al efecto de la tecnología, entre otras variables, que impactan en los modos de comunicación entre las personas.

Las oportunidades de trabajo fonoaudiológico independiente, sobre todo en contextos de la salud privada, son desde siempre, variadas y abundantes tanto para acceder a las primeras praxis como para conseguir un amplio desarrollo profesional. Sin embargo, sobre estos campos de acción, suelen quedar vulnerados derechos laborales básicos como por ejemplo el acceso a licencia por enfermedad o por maternidad entre otros. Por otro lado, la posibilidad de llegar en estos ámbitos a cargos de dirección o conducción resultan una aspiración bastante intrincada de alcanzar.

Mucho más complejo es el panorama si intentamos analizar las posibilidades de inserción laboral y desarrollo profesional en ámbitos de la salud pública. A pesar de que, hace largo tiempo ya, la demanda de atención en centros de salud suele superar ampliamente la capacidad de respuesta, no se generan movimientos significativos para promover la entrada de nuevo personal idóneo y capacitado para la atención de los problemas de la comunicación y el lenguaje.

En los campos de la educación, tanto pública como privada, hay un cierto terreno ganado en espacios de acción interdisciplinaria vinculados al trabajo inclusivo para las personas con discapacidad, aunque en los últimos tiempos también resulta escaso. Por otra parte es paradojal el terreno que allí es posible de ser habitado ya que a les profesionales de la fonoaudiología, como de las otras disciplinas de la salud insertas en este sistema, se les reconoce en la categoría de “personal docente” pero al mismo tiempo se vedan derechos que quienes ejercen efectivamente esa actividad, sí tienen reconocidos. Así es como, ningún profesional de la salud que trabaje en el campo educativo, aunque sea reconocido por el sistema educativo como parte de la población docente, puede aspirar a cargos de coordinación o gestión a pesar de estar sancionada hace más de 20 años en la provincia de Santa Fe una ley provincial (Ley 11614/98) que sí lo promueve y permitiría. Por la opresión de una lógica patriarcal y a pesar de reiterados reclamos de les profesionales, esta normativa permanece sin reglamentación para su aplicación y así inamovible en provincia de Santa Fe, vulnerando derechos laborales. A les profesionales de la fonoaudiología les resulta imposible, también en este sistema y a la actualidad, acceder a puestos de trabajo en equipos socioeducativos o de educación sexual integral, como si las variables que puedan atravesar la educación de las infancias y/o adolescencias vinculadas a los contextos sociales y culturales como los vinculados a cuidados del cuerpo y la afectividad, entre otras posibilidades, no tuvieran nada que ver con nuestra formación, lectura de realidad y posibilidad de acción profesional.

En el mes de enero del año 1987, fue sancionada en Santa Fe la Ley Provincial N° 9981 referente al ejercicio profesional de la Fonoaudiología. Con relación a los ámbitos de desarrollo laboral de nuestra profesión allí se menciona en el artículo 6: “Está permitido al Fonoaudiólogo: a) Organizar, dirigir e integrar unidades técnicas en la administración pública nacional, provincial, municipal o privada, en las áreas de salud, educación, planeamiento y acción social relacionadas con el quehacer fonoaudiólogo. b) Organizar, supervisar, dirigir e integrar los gabinetes interdisciplinarios de escuelas, institutos, hogares, etc., nacionales, provinciales, municipales y/o privados, en escuelas normales y diferenciales en todos sus niveles.” Está a la luz entonces que nuestra profesión está profundamente feminizada desde sus propios orígenes, que continúa siéndolo aún a la actualidad y que el reconocimiento y aplicación de muchos de nuestros derechos laborales sigue siendo precario cuando no vulnerado. La deuda en este sentido con nuestra disciplina es amplia y los territorios a conquistar son vastos.

En octubre de 2020 nuestra profesión fue declarada, en el ámbito nacional, de interés público y regulado su ejercicio mediante la Ley 27.568. Se abren así nuevas oportunidades de conquistar derechos con relación al aspecto laboral entre otros.

Por otra parte, gracias a la lucha colectiva de años y la expresión de mujeres e identidades femeninas en las calles, se cuenta desde el año 2009 en nuestro país con la Ley 26.485 “De protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, la que nos permite reconocer diferentes modos de violencias por razones de género: la laboral entre ellas.

Si hacemos propias estas conquistas podremos apreciar que en la actualidad disponemos entonces de herramientas facilitadoras para el reconocimiento y defensa de derechos vinculados a situaciones de discriminación, violencia u otro tipo de vulneraciones en cualquier contexto en el que desarrollemos nuestras tareas profesionales.

Porque nos merecemos realidades laborales más justas e igualitarias, les profesionales de la fonoaudiología no debemos claudicar en nuestras luchas por conseguir mejores oportunidades de desarrollo y reconocimiento profesional, estando atentes a la presencia de diferentes formas de discriminación u opresión, interpelándonos en las condiciones laborales que estemos dispuestes a aceptar, agrupándonos colectivamente, ocupando los espacios de organización colegiada, social y gremial que nos son dados yprovocando la generación de otros nuevos.
Porque trabajadores somos todes, celebremos en este día los territorios ganados y
renovemos el compromiso por el avance amplio de derechos en los campos de acción
laboral de la fonoaudiología.


Bibliografía:
-Montalvo Romero, Josefa. “El trabajo desde la perspectiva de género”. SCIELO.. Rev.
Fac. Derecho, no.49 Montevideo, Uruguay 2020.
-Velasquez, Susana.(2003). Violencias cotidianas, violencia de género.
Escuchar, comprender, ayudar. Buenos Aires. Editorial Paidós.
-Ley Nacional 26485/2009 de Protección Integral a las Mujeres. Honorable Congreso de la
Nación. Marzo 2009.
-Ley Nacional 27.568. Del Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología en
Argentina. Honorable Congreso de la Nación. Octubre de 2020.
-Ley Provincial 9981. Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología. Legislatura de la Provincia
de Santa Fe. Noviembre de 1986
-Ley Provincial 11614/98. De los Equipos Interdisciplinarios de Coordinación y
Asesoramiento de los Profesionales de los Servicios Psicopedagógicos del Régimen de
Educación Especial del Ministerio de Educación.SANTA FE, 9 de diciembre de 1998.
-Ley Nacional 27.568. Del Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología en
Argentina. Honorable Congreso de la Nación. Octubre de 2020.

Colegio de Fonoaudiologos de Rosario